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Jueces federales conceden amparos contra el ciberasedio en Puebla

La organización Propuesta Cívica y el Consejo Nacional de Litigio Estratégico (CNLE) informaron que jueces federales concedieron amparos en los que se declara la inconstitucionalidad del delito de ciberasedio tipificado en el artículo 480 del Código Penal de Puebla. 

En un comunicado, Propuesta Cívica celebró la resolución del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en Puebla al amparo indirecto 828/2025, el cual es el primero de seis amparos que promovió esa organización en representación de periodistas, personas defensoras de derechos humanos y comunicadores de Puebla. 

En el mismo sentido, el CNLE indica que, al conceder un amparo a un ciudadano de Puebla, un juez federal determinó que el tipo de delito de ciberasedio es inconstitucional por su diseño amplio y ambiguo, y por el efecto silenciador que produce sobre la deliberación pública. 

“La sentencia reconoce que el artículo opera, en los hechos, como un mecanismo de censura estatal, al no establecer con claridad qué conductas quedan prohibidas, deja un margen excesivo para que el Estado decida –caso por caso- qué expresiones pueden considerarse ilícitas, con el riesgo de castigar discurso protegido, incluida la crítica pública”, señala. 

Agrega que el juzgador además explicó que normas sancionatorias como ésta crean una “zona de riesgo” alrededor del debate público, en la que las personas optan por autocensurarse para evitar consecuencias penales. 

A su vez, Propuesta Cívica apuntó que el juez Horacio Óscar Rosete Mentado determinó que la redacción ambigua y abierta del delito de ciberasedio generaba inseguridad jurídica, un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión y dejaba en manos de la discrecionalidad estatal la determinación del ilícito. 

“La organización considera que esta decisión constituye un precedente fundamental para la protección de la libertad de expresión en espacios digitales y el ejercicio seguro del periodismo en México”, señaló. 

Propuesta Cívica apunto que, aunque esa sentencia tiene efectos limitados de protección a la periodista en nombre de quién se tramitó el amparo de sufrir futuras persecuciones penales por el delito invalidado, “su fundamentación jurídica sólida tiene potencial para servir como referencia en futuros casos, estableciendo patrones que influyan en resoluciones sobre normas penales vagas y sobre protección de periodistas y comunicadores”. 

La organización hizo un exhorto al Congreso del estado a reformar el artículo 480 del Código Penal, para asegurar que la determinación del delito de ciberasedio sea compatible con los más altos estándares de claridad y precisión y con un pleno respeto al ejercicio de la libertad de expresión. 

Recodó que México enfrenta actualmente una preocupante proliferación de tipos penales vagos que apuntan a regular conductas relacionadas con la comunicación, la crítica y el activismo digital. 

Nota de origen: https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2026/1/15/dos-jueces-federales-conceden-amparos-contra-el-delito-de-ciberasedio-en-puebla-366621.html

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