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Deudores alimentarios podrían perder la patria potestad

  • Reforma permite que la autoridad intervenga con mayor prontitud en casos de incumplimiento, privilegiando el bienestar de las infancias y adolescencias

San Raymundo Jalpan, Oax., 11 de diciembre de 2025.- Con el objetivo de fortalecer la protección y garantizar el interés superior de la niñez y la adolescencia en la entidad, el Congreso del Estado aprobó la reforma al Código Familiar, a fin de reducir a 60 días el plazo para que el deudor alimentario pierda la patria potestad por incumplimiento de la obligación alimentaria. 

La iniciativa fue presentada por las integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Elvia Gabriela Pérez López, Eva Diego Cruz y Melina Hernández Sosa, quienes consideraron que el plazo actual era excesivamente prolongado y que la reducción de días es una medida esencial para privilegiar las garantías de las Niñas, Niños y Adolescentes (NNA), evitando dejarlos en un estado de necesidad prolongada.

Señalaron que la patria potestad no se configura como un derecho de padres y madres, sino como una función encomendada en beneficio de las y los hijos para su protección, educación y formación integral. La pérdida de la misma, por lo tanto, es una medida de protección para los menores ante el incumplimiento grave de los deberes parentales, como la obligación alimentaria.

La Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia indicó en su dictamen que esta reforma permite que la autoridad intervenga con mayor prontitud en casos de incumplimiento, combatiendo la irresponsabilidad alimentaria y privilegiando siempre el bienestar de las infancias y adolescencias en el estado.

Además, se alinea con disposiciones nacionales e internacionales, como la Constitución Política de México y la Convención sobre los Derechos del Niño, donde se establece que el Estado debe asegurar que todas las necesidades de alimentación, salud, educación y cuidado de NNA sean satisfechas de manera adecuada y oportuna. 

La reforma a la Fracción IV del Artículo 298 del Código Familiar del Estado fue aprobada con 29 votos en Sesión Ordinaria.

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