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Avala Congreso 5 reconocimientos de Denominación de Núcleo Rural

  • Los dictámenes de la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios se aprobaron en Sesión Ordinaria del 30 de septiembre

San Raymundo Jalpan, Oax., a 16 de octubre de 2025.- La LXVI Legislatura del Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria cinco dictámenes emitidos por la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios, mediante los cuales se otorga el reconocimiento con la Denominación Política de Núcleo Rural a cinco localidades de la Sierra Sur y la Mixteca.

Tres localidades de la Sierra Sur reciben reconocimiento como Núcleo Rural

En la región de la Sierra Sur, el Pleno Legislativo avaló el reconocimiento con la Denominación Política de Núcleo Rural a la localidad de Unión Linda Vista, del municipio de Santiago Amoltepec, distrito de Sola de Vega. La solicitud fue presentada por el presidente municipal, ciudadano Claudio Ruiz Hernández, y aprobada previamente en Sesión Ordinaria de Cabildo.

Asimismo, para el municipio de Santa María Zacatepec, distrito de Putla, se aprobaron los reconocimientos a favor de las localidades de El Cangrejo y La Poza Atotonilco, derivado de las solicitudes suscritas por la presidenta municipal, ciudadana Rosa María Ramos Baños, y validadas por unanimidad en sesiones extraordinarias de Cabildo.

Reconocen dos Núcleos Rurales en la Mixteca

Por su parte, en la región Mixteca, el Congreso del Estado aprobó la Denominación Política de Núcleo Rural para las localidades de Palo de Letra y Llano Yosovee Primera Sección, ambas pertenecientes al municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco. Dichas solicitudes fueron presentadas por el presidente municipal, ciudadano Jorge Octavio Hernández Martínez, y aprobadas por unanimidad por el Cabildo.

Los dictámenes establecen que las comunidades beneficiadas cumplen con los requisitos establecidos por la Ley Orgánica Municipal del Estado, entre ellos la existencia de servicios públicos básicos como energía eléctrica, agua potable, alumbrado público, caminos de acceso, instituciones educativas y oficinas administrativas.

De igual forma estas resoluciones se sustentan en los principios de autodeterminación y autoorganización de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la Constitución Política.

Se deberá comunicar al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), al Instituto Nacional Electoral (INE), a la Secretaría de Gobierno (Sego), a la Secretaría de Finanzas (Sefin), a la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado (ASFE) y a los Ayuntamientos correspondientes, para los efectos legales y administrativos conducentes.

Los Proyectos de Decreto fueron aprobados en Sesión Ordinaria del 30 de septiembre de 2025. 

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