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Orden al IMSS reinscribir a trabajador despedido injustificadamente

Un tribunal federal emitió medidas cautelares a favor de un trabajador que fue despedido, tras sufrir un accidente de trabajo con arma de fuego, para que su empleador lo reinscriba y mantenga en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Asimismo deberá proteger su derecho a la seguridad social, prestaciones en especie y dinero que le correspondan.

El Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el estado de México, con sede en Naucalpan, dictó el acuerdo en el procedimiento ordinario laboral 453/2025, para evitar que el trabajador sea dado de baja del IMSS, mientras se resuelve el proceso judicial que promovió por despido injustificado.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que de acuerdo a los antecedentes, el empleado sufrió un accidente de trabajo, derivado de una agresión por arma de fuego que le produjo diversas fracturas. Al presentar su demanda exhibió informes médicos y constancias de incapacidad temporal que respaldan su condición y consideraban 174 días probables de recuperación. 

Sin embargo, días después del incidente y dentro del plazo de recuperación, el patrón le notificó la terminación de la relación laboral, luego de argumentar que “no se veía bien para seguir manejando un tracto camión”.

Al respecto, el juez analizó las evidencias, incluyendo informes médicos y constancias de incapacidad. Concluyó que existen indicios razonables de que el trabajador sufrió un accidente laboral y que su despido fue motivado por su condición de salud, esto es, por razones de discriminación.

Para el togado la decisión de despedir al trabajador “evidencia la existencia de  posibles actos que pudieran atentar contra el derecho humano de gozar de la seguridad social, toda vez que se aprecia que la persona actora sufrió un accidente de trabajo”.

El Tribunal Laboral concedió la medida cautelar para que pueda recibir las prestaciones en especie y en dinero que comprende dicho régimen. Para ello, ordenó al patrón que en un plazo máximo de tres días, a partir de su notificación, lo inscriba en el IMSS, garantice su acceso a prestaciones y evite su baja, durante toda la tramitación del proceso. Le advirtió que será sancionado si hay incumplimiento.

También requirió al IMSS para que la persona afectada no sea dada de baja de la institución o, en su caso, se le dé de alta para que siga gozando de las prestaciones que comprende el régimen de seguridad social.

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